La realidad de los CIEs


 

 

Los Centros de Internamiento son instalaciones policiales reguladas por una orden ministerial que tiene ya más de una década.

Figuran en la actual Ley de Extranjería como lugar donde retener a los extranjeros que van a ser expulsados del territorio nacional. Allí pueden permanecer hasta un máximo de 60 días, al cabo de los cuales tienen que ser puestos forzosamente en libertad.

Fue a partir del año 2000 cuando se hizo más visible el tránsito migratorio, llegando a constituir el 2,5% de la población.

Estas personas llegan al CIE a través de redadas policiales hechas en el metro, discotecas, zonas de ocio, locutorios, etc. Redadas realizadas con criterios raciales, en las que se pide documentación a aquellas personas que responden a un patrón de características físicas determinadas (color de piel, aspecto físico, rasgos faciales, etc.)

 

Según el Ministerio del Interior de España, el extranjero sometido a internamiento tiene los siguientes derechos, entre otros:

·        -  A ser informado de su situación.

·        -  A que se vele por el respeto a su vida, integridad física y salud, sin que puedan en ningún caso ser sometidos a tratos degradantes o a malos tratos de palabra o de obra y a que sea preservada su dignidad y su intimidad.

·        -  A recibir asistencia médica y sanitaria adecuada y ser asistidos por los servicios de asistencia social del centro.

·        -  A que se comunique inmediatamente a la persona que designe en España y a su abogado el ingreso en el centro, así como a la oficina consular del país del que es nacional.

·        -  A ser asistido de intérprete si no comprende o no habla castellano y de forma gratuita, si careciese de medios económicos.

·        -  A tener en su compañía a sus hijos menores, siempre que el Ministerio Fiscal informe favorablemente tal medida y existan en el centro módulos que garanticen la unidad e intimidad familiar.

·        -  A entrar en contacto con organizaciones no gubernamentales y organismos nacionales, internacionales y no gubernamentales de protección de inmigrantes.

(http://www.interior.gob.es/estrangeria-28/regimen-general-189/centro-de-internamiento-de-extranjeros-208)

 

Sin embargo en la práctica diaria muchos de estos derechos son vulnerados.

"El Defensor del Pueblo y distintas ONG especializadas han venido denunciando en los últimos años todo tipo de irregularidades dentro de estas instalaciones. Algunas, por el mal estado de los edificios, la falta de prestación de servicios básicos como la asistencia letrada o sanitaria o el hacinamiento de los internos. Otras, por violaciones de derechos humanos, malos tratos o tratos degradantes." (http://www.europapress.es/epsocial/inmigracion-00329/noticia-centro-internamiento-extranjeros-madrid-abre-primera-vez-prensa-20120611153844.html)

 

El estado español cuenta con un total de ocho  Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) diseminados por toda su geografía.

Los CIE aparecen ya en la primera Ley de Extranjería, Ley Orgánica 7/1985 sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España, en el artículo 26.2, que plantea la “posibilidad de acordar judicialmente, con carácter preventivo o cautelar, el ingreso en centros que no tengan carácter penitenciario de extranjeros incursos en determinadas causas de expulsión mientras se sustancia el expediente”. Más adelante, las sucesivas leyes de extranjería amplían las causas de internamiento a casos de devolución, de retorno y a los procedimientos de expulsión por sanción. Las condiciones aun siendo malas, han mejorado considerablemente en los últimos años. (http://info.nodo50.org/CIE-Derechos-Vulnerados.html)

 

Centraremos nuestro estudio en el CIE de Aluche, situado en el reformado edificio del viejo hospital penitenciario de la cárcel de Carabanchel. Tiene una capacidad de 280 plazas, estando alojados los internos entre 6 y 8 personas por celda. En ellas se han instalados, desde hace dos años, cuartos de baño en cada una de ellas. Existen cuatro módulos, uno para mujeres, que representan el 10% de la población interna, situado en la plata baja; y tres para hombres, que representan el 90% restante, situado en las dos plantas superiores. También es importante destacar que existen celdas de aislamiento.

 

Según el informe “Atrapados tras las rejas. Informe 2012 sobre los centros de internamiento de extranjeros (CIE) en España” elaborado por le ONG Pueblos Unidos, las personas internadas  en el CIE de Madrid procedían de 57 países diferentes, siendo las nacionalidades más frecuentes, por este orden, Bolivia, Ecuador, Argelia, Marruecos, Senegal, Colombia, Guinea, Nigeria, Ghana, Pakistán, Malí y Camerún. Estos 12 países representaron casi dos tercios de la población del CIE de Madrid en 2012.

 

Los horarios de visitas son muy restrictivos, de unos 15 minutos aproximadamente, y se producen en locutorios separados por mamparas.

Cuando son detenidos en la calle e ingresados en el CIE, no se informa habitualmente a los familiares o amigos, y tiene que ser el propio interno el que los avise desde el CIE pagando el coste de la llamada. Tampoco se les permite tener teléfonos móviles, equipos de radio, etc.

La atención sanitaria escasa. No hay asistencia médica las 24 horas del día y carece de enfermería. Se dan automutilaciones con relativa frecuencia. Los internos refieren una mala calidad en la comida y en el trato, además de una deficiente higiene.

(Parte de la información la obtuvimos a partir de una conversación mantenida el 27 Noviembre de 2013 con Crhistian Orgaz)